Guía del solicitante

Proceso de Solicitud
  • Las solicitudes deben realizarse a través de la web. Las solicitudes enviadas por otros medios no serán tenidas en consideración para la evaluación. Para poder completar y enviar el formulario de solicitud es necesario crear una cuenta en la plataforma oficial con los datos personales de, al menos, uno de los miembros del equipo. Al confirmar el envío de datos a través del citado formulario, el usuario está aceptando la política de privacidad de PATIO.
    Las solicitudes se enviarán en un sólo formulario online, que incluye: some text
    •  Propuesta de proyecto: dividida en 5 secciones: 
      • Contacto e información legal 
      • Negocio 
      • Encaje estratégico 
      • ‘Pitch Deck’ template 
      • Equipo
    • Preguntas de control: preguntas de opción múltiple relacionadas con dónde y cómo han conocido PATIO Campus, políticas de privacidad

  • Por favor, antes de enviar la información considera que:
    • Los evaluadores sólo considerarán la documentación incluida en el formulario de solicitud. Es responsabilidad del solicitante incluir toda la información necesaria en el formulario.
    • Solo se puede presentar una propuesta por solicitante. Si se identifica más de una propuesta por solicitante, solo se evaluará la primera propuesta que se haya enviado en orden de tiempo.
    • Los datos proporcionados deben ser reales, verdaderos y completos y deben permitir la evaluación de la propuesta.
Introducción al proyecto/programa
  • Descripción del programa: PATIO es un espacio neutral que nace con el objetivo de convertirse en el punto de encuentro del ecosistema innovador, conectando corporaciones, emprendedores, administración pública y todos aquellos agentes necesarios para que la innovación ocurra. 


Este proceso de aceleración es una iniciativa impulsada por las corporaciones fundadoras de PATIO para abordar sus retos de sostenibilidad, centrada en 5 retos compartidos en economía circular. El objetivo es encontrar e impulsar soluciones que generen un impacto positivo en el mundo.

  • Organizadores: Convocatoria impulsada por L’Oréal, INDITEX, BMW, Iberia, Mahou San Miguel, Pascual, Merlin Properties y Cepsa.

  • Fechas Importantes:
    • Apertura de la convocatoria: 4 julio 2024
    • Fecha límite de presentación: 10 octubre 2024
    • Notificación de prefinalistas: 7 noviembre 2024
    • Pitch Day: noviembre 2024
    • Demo Day: marzo 2025
Beneficios de la aceleración: Startup Journey

OPEN CALL 8 julio - 10 octubre 2024

Durante este periodo, las startups que tengan soluciones a los retos sostenibles de economía circular, podrán presentarse a la convocatoria rellenando un formulario con preguntas alojadas en esta web.  Para poder completar y enviar el formulario de solicitud es necesario crear una cuenta en la plataforma oficial con los datos personales de, al menos, uno de los miembros del equipo.

SELECCIÓN 10 octubre - 15 noviembre 2024

Un panel de expertos, el equipo PATIO y las corporaciones impulsoras evaluarán cada inscripción en función de varios criterios, incluyendo la innovación y la sostenibilidad, el potencial de mercado, la capacidad para resolver los retos planteados en la open call, la fuerza del equipo y la escalabilidad.

ENCUENTROS CON LAS CORPORACIONES 15 noviembre - 25 noviembre

A lo largo de estas dos semanas, cada corporación se reunirá con las startups seleccionadas de manera individual, con el objetivo de conocer mejor las necesidades, oportunidades y posibles colaboraciones una vez suceda la aceleración. Tras estas sesiones, las startups que pasen esta fase tendrán acceso al Pitch Day.

PITCH DAY - Semana del 25 de noviembre
Las startups finalistas asistirán al Pitch Day, evento presencial en el espacio de PATIO Campus donde startups, corporaciones, entidades académicas y otras organizaciones celebrarán el acto de inauguración del proceso de aceleración. 

FASE 1 2 diciembre - 22 diciembre 2024

Identificamos las necesidades específicas de las startups seleccionadas para diseñar un programa personalizado que construya su crecimiento, al mismo tiempo que conocen a fondo los retos de las corporaciones impulsoras del programa. Las startups también tendrán acceso a expertos y mentores nacionales e internacionales para facilitar las conexiones que potencien su paso por el programa.

FASE 2 13 enero - 10 marzo 2025

Durante 8 sprints semanales, las startups reciben formación especializada, acompañamiento directo de perfiles C-level, posibilidad de acceso a redes de inversión y de colaboración con el ecosistema PATIO, y beneficios tecnológicos o de servicios. Además, habrá sprints reviews para compartir con las corporaciones impulsoras los avances del programa.

FASE 3 10 marzo - 25 marzo 2025

El programa culmina con un evento Demo Day en el que las startups mostrarán los avances obtenidos durante el programa y tendrán acceso a la red de inversores de PATIO y de las corporaciones impulsoras. 

Elegibilidad
  • Criterios de elegibilidad:

    Todas las solicitudes deben enviarse a través de la plataforma oficial para ser elegibles y cumplir con estos requisitos mínimos:some text
    • Las entidades participantes deben estar legalmente constituidas. Pudiendo ser aceptados en la convocatoria, los productos o servicios desarrollados en el ámbito académico, centros de investigación o instituciones similares que cumplan con el resto de criterios. 
    • El equipo de trabajo debe estar compuesto por al menos dos personas con dedicación a tiempo completo, además deben tener la capacidad de responder a los requerimientos que pudieran surgir. Adicionalmente, se valorará la posibilidad de que el equipo pueda probar la tecnología en diferentes espacios de forma simultánea, si fuera necesario. 
    • Los candidatos deben tener un modelo de negocio escalable y de fácil implementación. Asimismo, debe estar diseñado para generar impactos positivos en el medio ambiente, la economía y la sociedad. 
    • Las soluciones tecnológicas deben tener un nivel de madurez de mínimo 4, habiendo sido ya probadas en un entorno de laboratorio y preparada para ser testada en un entorno industrial. Se valorará positivamente que la solución propuesta cuente con propiedad intelectual y posea un carácter innovador, así como la posibilidad de transversalidad entre los socios de la convocatoria. 
    • El proyecto debe tener un alcance tanto nacional como internacional, por lo tanto, los candidatos deben tener la capacidad de comunicarse y trabajar tanto en inglés como en español. 
    • Por último, se valorarán positivamente las métricas, referencias y experiencias previas que hayan tenido los proyectos en el mercado o con corporaciones similares.
Encaje Estratégico

El programa se centrará en las propuestas que tengan mayor encaje estratégico con las Corporaciones Fundadoras y puedan aportar un valor diferencial en retos relacionados con la Economía Circular. Concretamente en los siguientes 5 apartados: 

Gestión y valorización de residuos

Nos enfrentamos al desafío de gestionar eficientemente los residuos para reducir el impacto ambiental y maximizar la recuperación de materiales valiosos. Buscamos soluciones innovadoras que ayuden a optimizar la logística y el intercambio de residuos entre los stakeholders involucrados para su transformación. 

  • Green retail.
  • Reciclaje de químicos, orgánicos y textiles.
  • Valorización energética de residuos. 
  • Valorización de residuos y subproductos

Gestión sostenible del agua 

La gestión sostenible del agua es crucial para minimizar la huella hídrica y asegurar un uso eficiente de este recurso vital. Estamos en la búsqueda de tecnologías y métodos innovadores que faciliten la gestión del agua, enfrentando las crecientes regulaciones y las expectativas de sostenibilidad.

  • Recuperación, tratamiento y reutilización del agua.
  • Servicios para alta demanda concentrada y atomizada.

Cadena de valor circular

Integrar principios de economía circular en toda la cadena de valor representa un reto significativo. Necesitamos soluciones que mejoren la trazabilidad y transparencia en el uso de materiales reciclados y sostenibles, facilitando la colaboración entre proveedores y socios y promoviendo prácticas sostenibles en cada etapa del proceso productivo.

  • Fomento de la circularidad en la cadena de valor.
  • Trazabilidad de residuos generados por el uso de producto y su valorización.
  • Uso de materias primas residuales.
  • Utilización de materiales reciclados, biodegradables o compostables.
  • Sistemas de recogida / recuperación de envases     
  • Segunda vida a envases de vidrio, aluminio, PET

Emisiones Cero

La transición energética es una prioridad urgente para cumplir con los objetivos de descarbonización de sostenibilidad global. Las compañías necesitan innovaciones que les ayuden a implantar nuevos procesos hacia modelos sostenibles e impulsar soluciones innovadoras para la gestión de sus emisiones.

  • Transformación de CO2 en combustibles, químicos o minerales.
  • Captación de CO2.
  • Generación de biogás.
  • Generación de combustibles de aviación sostenibles.
  • Medición de huella de carbono y Créditos de carbono.

Movilidad sostenible e inclusiva

La movilidad sostenible e inclusiva se enfoca en desarrollar sistemas de transporte que no solo sean respetuosos con el medio ambiente, sino que también sean accesibles para todos los segmentos de la sociedad. Buscamos soluciones que implementen tecnologías y métodos innovadores que favorezcan la expansión de la movilidad sostenible.

  • Mejora de infraestructuras de carga y sistemas de recarga
  • Procesos de mantenimiento de puntos de carga y reaprovechamiento de baterías.
  • Intermodalidad del transporte de comienzo a fin
  • Procesos de carga multimodal.
  • Ciudades amigables y accesibles
  • Nuevas experiencias de movilidad innovadoras (eVTOL, taxi autónomo…)
  • Transporte colaborativo y logística inversa
Criterios de evaluación
  • Las propuestas elegibles serán puntuadas automáticamente por el sistema de evaluación, obteniendo hasta 100 puntos porcentuales de acuerdo con los siguientes criterios: some text
    • Equipo
    • Negocio
    • Encaje estratégico
    • Sostenibilidad

Se establecerá un umbral y todas las solicitudes que tengan, al menos, la puntuación del umbral o mayor, pasarán a la siguiente fase de evaluación.

Después de la calificación previa o “pre-scoring”, todas las solicitudes serán evaluadas y calificadas por evaluadores expertos independientes siguiendo los criterios establecidos. El panel de evaluación externa proporcionará una lista preliminar de proyectospreseleccionados para participar en el proceso de aceleración.Un comité de evaluación formado por el equipo de PATIO Campus y las corporaciones fundadoras determinarán si las propuestas preseleccionadas coinciden específicamente con el propósito del Programa Economía Circular.

Términos y condiciones generales para la prestación de servicios de aceleración

PRIMERA.- OBJETO

Constituye el objeto de este documento establecer los términos y condiciones que regularán la prestación de los servicios que se detallen en cada descripción de Servicio remitida por Patio Campus a la startup / empresa / persona legal (los “Servicios”), las cuales podrán ser aceptadas o rechazadas por la startup / empresa / persona legal. 

Cada Descripción de Servicio aceptada constituirá, individualmente, una relación contractual entre Patio Campus y la startup / empresa / persona legal. 

Con carácter general, la startup / empresa / empresa legal se compromete a:

  1. Contestar a cada Descripción de Servicio recibida, aceptando o rechazando la propuesta de prestación de los Servicios concretados en la misma, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a contar desde su recepción. Transcurrido este plazo sin obtener una respuesta, Patio Campus podrá rechazar la propuesta. 
  1. Asumir los gastos en que tuviera que incurrir para la recepción de los Servicios.
  1. Cumplir los Compromisos Mínimos establecidos en la Descripción de Servicio, así como cualquiera otra instrucción o indicación recibida de Patio Campus. 

El incumplimiento de cualquiera de las anteriores obligaciones será motivo suficiente para la resolución inmediata de cualquier Descripción de Servicio, sin indemnización, y sin perjuicio de poder reclamar el resarcimiento de todos los daños y perjuicios causados. 

SEGUNDA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

Las Partes seguirán siendo titulares de los derechos de propiedad industrial e intelectual que tenían en el momento de celebrar el Contrato. 

En la medida en que resulte necesario para la prestación de los Servicios, la startup / empresa / persona legal concede a Patio Campus, a título gratuito, con carácter no exclusivo, sin límite geográfico y temporal y con facultad de cesión a terceros, el derecho de uso y explotación sobre los contenidos y materiales facilitados para la recepción de los Servicios.

TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD

Cada parte acepta y declara que considera confidencial toda la información, documentación, métodos, organización y actividades relacionadas con la otra parte, o con sus clientes, proveedores o terceros en general, a la que tengan acceso y/o que sea comunicada, facilitada o suministrada por una de las Partes, o por un tercero en nombre de una de las Partes, con motivo del cumplimiento del presente Contrato (en adelante, la “Información Confidencial”).

Durante la vigencia de cada Descripción de Servicio y un plazo de cinco (5) años a contar desde la terminación del mismo por cualquier causa, las Partes se obligan a respetar escrupulosamente el deber de secreto y confidencialidad sobre la Información Confidencial, y utilizar la misma única y exclusivamente a los efectos de dar cumplimiento al presente Contrato.

La revelación de Información Confidencial no se entenderá que constituye una cesión ni cualquier derecho o licencia, explícita o implícita, a favor de la Parte Receptora sobre cualesquiera patentes, marcas, derechos de autor, secretos industriales, know-how así como cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial de los que la Parte Reveladora sea titular actualmente o en un futuro adquiera en relación con el objeto de la Información Confidencial revelada. La Parte Receptora acepta que la Información Confidencial continuará siendo propiedad de la Parte Reveladora.

La Parte Receptora queda sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones: 

  • Seguir las instrucciones fijadas por la Parte Reveladora, en todo lo que respecta al uso y tratamiento de la Información Confidencial, no pudiendo utilizar y/o tratar dicha información para fines distintos de los indicados o informados previa, expresamente y por escrito por la Parte Reveladora.
  • No utilizar dicha información para fines competitivos, ni para obtener ventaja comercial alguna.
  • No revelar la existencia de la Información Confidencial, ni que dicha información le ha sido proporcionada.
  • Observar y cumplir el deber de secreto y confidencialidad respecto de la Información Confidencial.
  • No transferir, ceder ni comunicar la Información Confidencial a ningún tercero, excepto cuando la Parte Reveladora así lo haya autorizado previa, expresamente y por escrito. En tal supuesto, dichos terceros deberán haber sido informados, por la Parte Receptora, del carácter confidencial de la Información Confidencial, y haberse comprometido a guardar dicha confidencialidad de conformidad con los términos y condiciones de la presente cláusula, como si fueran parte del mismo. La Parte Receptora será responsable de cualquier incumplimiento de esta cláusula por parte de cualquiera de dichos terceros.
  • Devolver a la Parte Reveladora toda Información Confidencial que, una vez terminado el presente Contrato, se pudiera encontrar en su poder, renunciando expresamente a cualquier derecho de retener o conservar la misma.

Queda excepcionada de lo anterior la Información Confidencial que:

  • hubiera sido publicada con anterioridad a la fecha del presente Contrato;
  • obre ya en poder de la Parte Receptora, en el momento de su revelación, y no esté sujeta a un acuerdo de confidencialidad entre las Partes;
  • la Parte Receptora pueda acreditar documentalmente que ha sido independientemente desarrollada por ésta; o
  • aquella otra que deba revelarse en cumplimiento de una orden de naturaleza judicial o administrativa. En este caso, la Parte Receptora deberá notificar a la Parte Reveladora con la mayor antelación posible a fin de que ésta pueda tomar las acciones que estime oportunas

CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS

Respecto al tratamiento de sus datos personales, tenga en cuenta que la información se encuentra sujeta a los términos establecidos en nuestra Política de Privacidad. Le recomendamos revisar detalladamente nuestra Política de Privacidad, donde encontrará información sobre cómo recopilamos, utilizamos, protegemos y compartimos sus datos personales. La aceptación de estos Términos y Condiciones implica también la aceptación de nuestra Política de Privacidad.

QUINTA.- MISCELÁNEA

  1. Naturaleza de la relación: El presente Contrato tiene carácter mercantil y las Partes son contratantes independientes, no existiendo vínculo laboral alguno entre las mismas. Ninguna de las Partes podrá actuar como representante o agente de la otra, ni podrá llevar a cabo acción alguna que implique una apariencia de vinculación o dependencia respecto de ésta. Cada una de las Partes será responsable, en exclusiva, del cumplimiento de sus respectivas obligaciones; entre otras, a título enunciativo, en materia fiscal, laboral y de la Seguridad Social, debiendo dejar indemne a la otra parte frente a cualquier reclamación que pudiera estar motivada por el incumplimiento de dichas obligaciones.
  2. Entrada en vigor: El Contrato entrará en vigor en la fecha en la que Patio Campus reciba confirmación de la aceptación de la Descripción de Servicio y su duración será la establecida en la Descripción de Servicio.
  3. No competencia. Conflicto de Interés: Si durante la vigencia del Contrato, la startup / empresa / persona legal va a recibir servicios de aceleración similares a los que constituyen el objeto del Contrato, la startup / empresa / persona legal informará de ello a Patio Campus con carácter previo a la prestación de dichos servicios. Igualmente, la startup / empresa / persona legal deberá comunicar a Patio Campus cualquier conflicto de interés que, según la Guía adjunta como Anexo I, pudiera existir o surgir durante la vigencia del Contrato.
  4. Responsabilidad: La startup / empresa / persona legal deberá dejar indemne a Patio Campus frente a cualquier acción, demanda y/o reclamación que contra Patio Campus se dirija por el incumplimiento o vulneración de cualesquiera garantías, manifestaciones y obligaciones asumidas por la startup / empresa / persona legal en virtud del presente Contrato y que le sean directamente imputables.
  5. Cesión: El presente contrato tiene carácter “intuitu personae” y el vínculo jurídico, de naturaleza mercantil, creado en virtud del presente Contrato entre las Partes no podrá ser cedido total o parcialmente por la startup / empresa / persona legal a terceros, salvo acuerdo previo y por escrito entre las Partes.
  6. Subcontratación: Patio Campus podrá subcontratar la prestación de los Servicios objeto del presente Contrato.
  7. Compliance: La startup / empresa / persona legal se compromete a observar y cumplir el Código de Conducta y Buenas Prácticas, en general, cualesquiera otros códigos y políticas sobre la materia que Patio Campus haga accesibles a través de la web, debiendo notificar a Patio Campus cualquier infracción de los mismos a través del formulario accesible en dicha URL. El incumplimiento de la presente cláusula podrá ser causa de resolución del Contrato, con efectos inmediatos, reservándose Patio Campus el derecho a reclamar los daños y perjuicios (entre otros, a título enunciativo, los económicos y reputacionales) que se pudieran derivar de dicho incumplimiento.
  8. No contratación: Se prohíbe expresamente a la startup / empresa / persona legal realizar ofrecimiento profesional de cualquier tipo a los empleados de Patio Campus y/o a cualquier persona con quienes tenga contacto con ocasión de la prestación de los Servicios, sin informar previamente y por escrito a Patio Campus.
  9. Notificaciones: Todas las notificaciones y comunicaciones que se realicen las Partes en virtud del Contrato deberán realizarse, preferentemente, a través del correo electrónico, siendo efectivas desde su recepción. Cualquiera de las Partes podrá cambiar su dirección mediante notificación de la nueva dirección a la otra parte.
  10. Integridad: El presente Contrato constituye el acuerdo íntegro alcanzado entre las Partes con relación al objeto del mismo, englobando y dejando sin efecto, por tanto, cualesquiera acuerdos previos que hubieran podido ser alcanzados entre las Partes.
  11. Nulidad: La ilicitud, invalidez o ineficacia de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato no afectará a la eficacia del resto, siempre que los derechos y obligaciones de las Partes no se vieran afectados de forma esencial. Dichas cláusulas deberán reemplazarse o integrarse con otras que, siendo conformes a la ley, respondan a la finalidad de las sustituidas.
  12. Fuerza mayor: Las Partes no serán responsables por cualquier retraso o falta de ejecución total o parcial de sus obligaciones cuando se deba a causas de fuerza mayor, entendiendo como tales aquellas que reúnen las características expresadas en el artículo 1.105 del Código Civil y, además, todos los supuestos que estuvieran fuera del control de las Partes.
  13. Contrato y orden de prevalencia: El presente documento, junto con la Descripción de Servicio estableciendo los Servicios a prestar, formarán el Contrato. En caso de discrepancia entre el presente documento y la Descripción de Servicio, prevalecerá lo dispuesto en la Descripción de Servicio.
  14. Idioma. Este documento está redactado en dos versiones, español e inglés, siendo la versión española la que prevalecerá en caso de discrepancia.
  15. Ley aplicable y jurisdicción: El presente Contrato se regirá e interpretará por lo establecido en la legislación española. Para la resolución de cualesquiera discrepancias surgidas en el desarrollo e interpretación del presente Contrato, las Partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, someter el conocimiento de las mismas a la jurisdicción.
Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial

En la medida necesaria para la participación en el concurso y la fase de evaluación, la empresa que postula, otorga a PATIO Campus, una licencia libre de derechos, de forma no exclusiva, sin limitación geográfica durante la duración del programa, y con el derecho de cesión a terceros, de utilizar los contenidos y materiales proporcionados.

 

Los solicitantes serán los únicos responsables de las reclamaciones sobre derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan producirse, obligándose a indemnizar a PATIO Campus, a sus empresas participadas y/o a los clientes de cualquiera de ellas por todos los gastos, daños y perjuicios que puedan ocasionarse por la infracción de los derechos antes mencionados.

 

Asimismo, y en relación con el objeto del presente programa, los solicitantes autorizan expresamente la grabación, captación y uso de su imagen a fin de que las mismas puedan ser explotadas por parte de Patio Campus, y en particular, su reproducción y comunicación pública a través de internet. 

Queda expresamente prohibido a los solicitantes el uso y/o explotación, de cualquier forma y en cualquier soporte (propio y/o de terceros), los logotipos, marcas y/o signos distintivos tanto de Patio Campus como de las corporaciones fundadoras, salvo autorización previa y por escrito. se obtiene del titular de los signos distintivos.

Protección de Datos

PATIO Campus, con domicilio en Plaza Ruiz Picasso 11. 28020 Madrid (España) es el único propietario de los datos recibidos a través del formulario de solicitud.

Los solicitantes quedan informados y aceptan que los datos personales facilitados sean tratados con la finalidad de gestionar la evaluación previa y, en su caso, la relación profesional derivada de la prestación de los servicios de aceleración, pudiendo ser dichos datos compartidos con terceros involucrados en las distintas fases del presente programa, única y exclusivamente con la finalidad señalada. 

Se reconocen los derechos previstos en la legislación vigente en materia de privacidad, que podrán ser ejercitados dirigiendo una comunicación a la dirección anterior.

Para más información, visite nuestra Política de Privacidad en https://www.patiocampus.org/politica-de-privacidad. 

Anexo I: Guía sobre conflictos de interés PATIO Campus

Un conflicto de interés generalmente se refiere a una situación en la que la imparcialidad y objetividad de una decisión, opinión o recomendación de una persona involucrada en un proceso de evaluación/servicio/decisión es o puede ser percibida como comprometida por un interés personal mantenido o confiado a un individuo dado.

El interés personal relevante puede ser de naturaleza financiera o no financiera y puede referirse a una relación personal o familiar o afiliaciones profesionales y otras actividades externas relevantes.

El concepto de conflicto de interés debe entenderse ampliamente y abarca intereses económicos, afinidad política o nacional, vínculos familiares o emocionales, cualquier otro interés compartido y cualquier otra situación que afecte o pueda afectar a la imparcialidad. En particular, debe entenderse como:

  1. relaciones familiares y personales.
  2. vínculos personales que unen al receptor de los Servicios (o su empleado, accionista, miembro de los órganos de administración y supervisión, miembro de la junta, gerente, subcontratista, etc.) con la persona involucrada (el conflicto de interés también persiste después de la cesación de la relación mencionada);
  3. cualquier relación de propiedad (como la propiedad de acciones, empresa conjunta, participación, participación conjunta, socio silencioso) entre el receptor de los Servicios y la persona involucrada;
  4. la existencia de relaciones materiales, especialmente financieras (como el recibo por parte de una persona involucrada del receptor de los Servicios de cualquier beneficio: donaciones significativas, donaciones, empleo futuro o contrato, etc.);
  5. relación de empleo o colaboración o contrato civil existente entre la persona involucrada y el receptor de los Servicios.
  6. permanecer en una relación legal o de hecho que pueda dar lugar a dudas justificadas en cuanto a la imparcialidad del Profesional;

A nivel de empresa, el conflicto de interés se refiere básicamente a la titularidad de acciones, conexiones financieras y económicas (como, por ejemplo, licencia exclusiva o acuerdos de venta, en lo que respecta a productos o soluciones cubiertas por los servicios).

Las razones expuestas anteriormente pueden resultar en un conflicto de interés si ocurren en el momento de la acción o han ocurrido en el pasado (en los 2 años anteriores al comienzo de la acción) o pueden ocurrir en el futuro, si influyen en la toma de decisión. Los límites de tiempo no aplican a las relaciones familiares y personales.

Las siguientes situaciones se considerarán automáticamente como un conflicto de interés:

  • Es un director, fideicomisario o socio o está involucrado de alguna manera en la administración del receptor de los Servicios (o un tercero vinculado o un tercero involucrado en la acción);
  • Es empleado o contratado por el receptor de los Servicios (o terceros vinculados, subcontratistas nombrados u otros terceros involucrados en la acción);
  • Tiene lazos familiares cercanos u otra relación personal cercana con el receptor de los Servicios;
  • Tiene (o ha tenido) una relación de rivalidad u hostilidad profesional con el receptor de los Servicios.
Anexo II: Código de Conducta PATIO Campus

1. Preámbulo
La Junta Directiva de la Asociación Patio Campus (en adelante la “Asociación”) ha considerado oportuno asumir voluntaria y libremente el espíritu y la filosofía que han inspirado las distintas recomendaciones y principios emitidos hasta la fecha dirigidos a promover las buenas prácticas tanto, en las entidades sin ánimo de lucro en general como, en el ámbito de la Unión Europea en particular.

Por este motivo la Junta Directiva ha elaborado el presente Código de Conducta que tiene por objetivo establecer los principios de actuación en lo que se refiere a la conducta de sus miembros y partícipes.

Dicho Código se establece como el núcleo que identifica el estándar de buena conducta que la Asociación quiere observar en el desarrollo de toda su actividad. De esta forma, supone un reflejo del compromiso público de la Asociación con ese conjunto de valores y principios, especialmente los relativos a la ética, la responsabilidad social y la protección del medioambiente.

El presente Código que ha sido aprobado por la Junta Directiva de la Asociación en fecha 30 de noviembre de 2023, es de aplicación complementaria, y desarrolla las previsiones de los Estatutos sociales y el Reglamento de Régimen Interno de la Asociación.

El Código de Conducta de la Asociación se aplicará a todos los miembros y partícipes de la misma, así como a proveedores y colaboradores con quienes desarrolle su actividad, si bien no es un sustituto de las normas legales que resulten de aplicación en cada caso, ni de las obligaciones que válidamente hayan sido asumidas en cada caso concreto mediante contratación o acuerdo contractual.

2. Destinatarios
El presente Código de Conducta va dirigido a las personas y entidades público o privadas que son destinatarios directos de las actividades y/o servicios llevados a cabo por la Asociación en el desarrollo de su actividad social.

En primer lugar, son destinatarios los miembros, administradores, directivos, y trabajadores de la Asociación, quienes deberán ajustar su conducta a los principios y valores promovidos en el presente Código.

Asimismo, los clientes, proveedores, asesores y demás personas o entidades que se relacionen con la Asociación serán considerados destinatarios del Código. Y por último, aquellas personas o entidades que, aunque no guarden una relación directa de la
Asociación, deseen conocer y participar en la actividad de la Asociación, serán informados y considerados como destinatarios.
Todas las personas y entidades mencionadas como destinatarios serán correctamente informados por parte de la Asociación para que puedan tener conocimiento pleno del presente Código, el cual deberán aceptar y cumplir en los aspectos que a cada uno de ellos
les corresponda.

3. Principios y valores de buena conducta
Los principios y valores que regirán las buenas prácticas de la Asociación, y a los que se compromete cumplir y difundir al más alto nivel, son los siguientes:

1) Cumplimiento de la legalidad vigente. La Asociación establece como principio básico y esencial el cumplimiento continuado de la legislación vigente y aplicable a cada ámbito y sector concreto de actuación, en el desarrollo de su actividad social, comprometiéndose en perseguir y subsanar cualquier eventual vulneración de la ley, facilitando en todo momento su plena colaboración a la Justicia.

En todas sus relaciones con entidades, organismos, autoridades o representantes públicos, la Asociación se compromete a actuar de manera respetuosa, en plena colaboración con las autoridades, y de conformidad con la normativa vigente.

La Asociación se compromete especialmente al estricto cumplimiento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. A tal efecto, de conformidad con los principios del presente Código, sus destinatarios y la Asociación se abstendrán de promover, facilitar o participar en cualquier tipo de operación de blanqueo de capitales, y procederán a denunciar cualquier eventual actuación contraria a la citada ley.

Cualquier duda que pudiera surgir sobre la interpretación y la aplicación de la legislación vigente en relación con cualquier cuestión que pueda afectar directa o indirectamente a la Asociación, se consultará con la Junta Directiva.

2) Transparencia, integridad y objetividad en el desarrollo de la actividad social. Conflicto de intereses.

En orden a desarrollar los fines de la Asociación, se buscará siempre la alternativa más conveniente a los intereses sociales de la Asociación, evitando cualquier situación que pueda generar conflictos de intereses en el marco de colaboración con las diferentes entidades públicas o privadas.

Se perseguirá en todo momento unos estándares de transparencia e integridad en las relaciones con los miembros, empleados, colaboradores y proveedores, comprometiéndose todos ellos a proporcionar en todo momento información clara y precisa sobre los servicios o recursos utilizados, evitando el empleo de prácticas deshonestas o injustas.

Los miembros de la Junta Directiva, empleados o directivos de la Asociación, independientemente del cargo que ocupen, no podrán aceptar regalos, servicios, pagos en metálico u otra clase favor de ninguna persona o entidad que puedan afectar su objetividad o influir en una relación comercial, profesional o administrativa

Los destinatarios de este Código nunca utilizarán la información que conozcan como consecuencia de su relación con la Asociación, para sus propios fines y obtener una ventaja económica personal, evitando en cualquier caso facilitar o divulgar información confidencial a terceros para que estos obtengan dicha ventaja.

Cuando uno de los destinarios del presente Código de Conducta se encuentre en una situación de conflicto de intereses deberá de poner en conocimiento de la Asociación en el menor tiempo posible, de forma previa a tomar una decisión que pueda atentar contra los intereses y fines de la Asociación.

3) Adecuada gestión de recursos.
La Asociación procurará en todo momento gestionar los recursos de los que disponga de la manera más eficiente, evitando gastos superfluos que no guarden relación con los fines e intereses que persigue la Asociación.

Toda actividad de captación de fondos que realice la Asociación se ajustará al marco legal, así como a los principios éticos establecidos en este Código.
De tal forma, y siguiendo el principio de ausencia de ánimo de lucro, la Asociación y los destinatarios de este Código se abstendrán de utilizar los recursos y medios de la Asociación para fines personales, de forma directa o indirecta, velando en todo momento por la integridad de los activos de Asociación.

4) Buena convivencia e igualdad.
Los destinatarios del presente Código deberán tratarse con respeto, propiciando un ambiente de trabajo cómodo, saludable y seguro, absteniéndose de emplear cualquier conducta que sea agraviante o que suponga algún tipo de discriminación por motivos de raza, ideas religiosas, políticas o sindicales, orientación sexual, nacionalidad, lengua, sexo, estado civil, edad o discapacidad.

5) Protección del medio ambiente.
En orden al cumplimiento de los fines de la Asociación, los destinatarios asumen el compromiso del respeto y protección del medio ambiento, promoviendo la utilización de medios y recursos sostenibles, y tratando de implementar en la medida de lo posible sistemas de gestión medioambiental.

6) Confidencialidad y protección de la información.
En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y la normativa que pueda ser de aplicación, la Asociación y los destinatarios del presente Código se comprometen al uso adecuado de toda la información de clientes, colaboradores y proveedores, y de toda la documentación a la que puedan tener acceso, con especial importancia de información de carácter personal.

A tal efecto, los destinatarios de este Código deberán conocer y cumplir la normativa aplicable en dicha materia, y asumen un estricto compromiso de
confidencialidad, y no divulgación de secretos e información confidencial.

En este sentido, se comprometen igualmente a la protección de la información considerada confidencial.

4. Aplicación y cumplimiento
La Secretaria de la Asociación por delegación del Junta Directiva, será responsable de difundir el contenido del Código de Conducta, publicándolo en sus canales de acceso a la información, y facilitando su difusión a todos los eventuales destinatarios.

Cualquier vulneración o incumplimiento del presente Código de la que se tuviera conocimiento, deberá ser comunicada en el menor tiempo posible al Presidente o la Secretaria de la Junta Directiva, quienes estudiarán cada caso concreto de vulneración del presente Código, y valorarán el cauce de tramitación de la información recibida garantizándose, en todo caso, su tratamiento confidencial, a los efectos de su adecuado tratamiento por la Asociación.

La Asociación no admitirá ningún tipo de represalia sobre aquellos empleados, miembros, o colaboradores que comuniquen de buena fe presuntos incumplimientos del presente Código, y se sancionará de acuerdo a la legalidad vigente aquellos incumplimientos que constituyan una vulneración a la legalidad vigente, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran concurrir y de las sanciones que pueda imponer la Junta Directiva, de conformidad a los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno.

5. Actualización y modificación
La Junta Directiva asume el compromiso de promover la actualización del presente Código con el fin de asegurar su adecuación a las circunstancias de la Asociación y a la normativa vigente en cada momento, revisando su contenido de manera anual.

Si tienes cualquier duda, accede a la página de Preguntas Frecuentes

O escríbenos a innovation@patiocampus.org